Nuestro Decreto de cada día
Por Viviana Taylor
El gobierno nacional suspendió hoy –martes 29 de
diciembre- la aplicación del nuevo Código Procesal de la Nación a través de un
Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU)
Este DNU 257/2015 que suspende la implementación del
nuevo Código Procesal Penal –que estaba pautada para el 1° de marzo de 2016- no
parecería tener suficientemente justificadas ni su necesidad ni su urgencia.
Si bien apela a que "no se encuentran reunidas las condiciones básicas para asegurar la
implementación proyectada en el plazo oportunamente establecido",
expresión que este decreto adjudica a la Comisión Bicameral de Monitoreo e
Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Nación, dichas razones no
terminan de estar claras.
De hecho, la Comisión Bicameral viene trabajando desde el
14 de abril de 2015 para cumplir con lo encomendado por la Ley de
Implementación del Código Procesal Penal de la Nación (27.150), que le asignó
el diseño de “propuestas de readecuación
edilicia, de recursos y de personal en razón de los requerimientos del proceso
de implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Nación en la Justicia
Federal y Nacional Penal, y elevarlas a los órganos competentes”.
En la reunión del 22 de septiembre la Comisión estuvo
acompañada por un consejo asesor integrado por representantes de la Corte
Suprema, del Consejo de la Magistratura, del Ministerio Público Fiscal, del
Ministerio Público de la Defensa, de la Asociación de Magistrados y de los
gremios judiciales. Lo que permitió que para el 23 de octubre ya estuviera
trabajando en la creación de un ”Registro Único de Aspirantes” al
traspaso del Poder Judicial de la Nación hacia los Ministerios Públicos de la
Nación.
No podemos saber cuándo se volvió a reunir para esta
recomendación porque su agenda ya no está disponible.
Sin embargo, sí sabemos qué opinaban hasta el 30 de
noviembre, cuando ya conocido quién sería el próximo presidente de la Nación,
el entonces secretario de Justicia de la Nación Julián Álvarez afirmó en un
diálogo por Radio Nacional con Roberto
Caballero que con el sistema oral que regirá a partir de la
aplicación del nuevo Código Procesal Penal, “se termina
con los ritualismos, la formalidad y la chicana judicial”, lo que
permitirá “que haya condena en un mes”.
Esa charla es muy importante porque nos permite formarnos
una imagen acerca de cómo estaba la situación para ese momento, hace casi
un mes.
“En un año se
modificó toda la estructura jurídica”, dijo Álvarez. Y destacó
el hecho de que el impulso lo dio “la misma
sociedad”, “lo tomaron
los representantes políticos” y “lo aplicarán
los operadores judiciales”.
Sin embargo el eje de la cuestión no lo puso en
esta práctica participativa, democrática, sino en el cambio fundamental que
implica el nuevo código: el paso de
un sistema inquisitivo a uno acusatorio, con los fiscales investigando y el
juez dando sentencia.
¿Podría haber alguna necesidad y urgencia en que esto no
sea así? Bueno, muchos funcionarios y amigos de este gobierno podrían sentirse
intimidados con la nueva situación –por decirlo de un modo amable-. Por citar
algún caso aislado, de importancia menor para no meternos en cuestiones álgidas
al gobierno y el poder judicial, no es lo mismo la muerte del fiscal Nisman
investigada por la Jueza Palmaghini y acicateada por la Jueza Arroyo Salgado
(como ahora está siendo), que investigada por la fiscal Fein que a pesar de
todo tipo de hostigamiento (de la corporación judicial, la corporación
mediática, los laderos políticos y hasta los matones de redes sociales que
apelaron a todo tipo de descalificaciones por género, edad y apariencia física)
no permitió que le inclinaran la balanza hacia ninguna hipótesis que no pudiera
confrontar con algo más que meras evidencias instaladas a través los medios en
la opinión pública. Así le fue.
Por citar otro, igualmente liviano en sus consecuencias
políticas y sociales, podemos apelar al hostigamiento judicial del que fue
víctima Amado Boudou –por entonces Vicepresidente de la Nación- por su supuesto
favorecimiento a la empresa Ciccone a pesar de que el fiscal sostenía que no
podía haber pruebas donde no había delito, pero el Juez no se dignaba siquiera
a citarlo para su declaratoria. Y así se fue extendiendo en los medios una
causa que no se sostenía ni se resolvía en los estrados.
Muy diferente a la causa por apropiación de Papel Prensa,
que duerme el sueño de los justos del que sus apropiadores ya no van a tener
que preocuparse por ser despertados. Al menos por un tiempo.
Por último, uno aún más irrelevante: la acusación de
traición a la Patria contra Cristina Fernández de Kirchner por parte de un juez
de la Cámara de Casación, Juan Carlos Gemignani, por el supuesto pacto de
impunidad con Irán. Una causa que de prosperar y ser investigada por un
juez bajo las nuevas reglas de juego que se están imponiendo puede
ser eterna… Si es que no se animan (no creo que lleguen a tanto, aunque con
ciertos tipejos nunca se sabe) a volverla condenatoria. Causa que
podemos vincular con la de la muerte de Nisman que, como sabemos, el día en que
fue conocida iba a presentarse al Congreso con las supuestas pruebas de esta
traición, que terminaron siendo un montón de recortes del diario Clarín, más
los dichos de los dichos que algunos dijeron, y que todo parece indicar que no
había visto hasta el momento de volver precipitadamente de sus vacaciones familiares
en Europa, porque ni estaban a la altura de su trabajo habitual, ni reflejaban
su estilo de redacción y expresión, carecían del estilo jurídico pero
desbordaban de recursos panfletarios... Y por el detalle nada menor de que
sobre su mesa quedaron los papeles y los resaltadores en una disposición que
cualquier estudiante reconocería. Y más aún: porque había otro informe, sobre
idéntico asunto, con contradictorio contenido (o sea, favorecedor y hasta
elogioso hacia Cristina y su gobierno).
Si cruzamos esta información con otra de ayer, por la que
supimos que la bancada kirchnerista denunció penalmente al
titular de la Cámara de Diputados Emilio Monzó por "incumplimiento de los
deberes de funcionario público" por no haber firmado el nombramiento del
legislador Marcos Cleri en el Consejo de la Magistratura (cargo que denunció que estaba intentando usurpar el macrista Pablo Tonelli, cuya asunción fue frenada hoy por una cautelar minutos antes de que ocurriera), podríamos comenzar a sospechar
que el oficialismo está garantizándose el camino para tener el control de
designación y destitución de jueces.
Crucemos
ahora estas dos informaciones con otra más: también nos enteramos
anticipadamente por Garavano de otro DNU que también se publica hoy por el cual el control de las escuchas
judiciales pasa a la Corte Suprema de Justicia. DNU que anunció en un brindis
con periodistas (no es un detalle menor el contexto de los anuncios, al menos
no me lo parece a mí), y con el hecho de que en ese mismo contexto insistió en
que "Esperamos que muchos de los
jueces, fiscales, procuradores que han tenido un protagonismo excesivo y que
han sido muy cuestionados, y que quedaron muy comprometidos, den un paso al
costado", haciendo especial referencia a la Procuradora Gils
Carbó.
Grave.
Gravísimo. Porque, aunque como los casos anteriores este también es
menor-minorísimo, nuestro Presidente de la Nación, el ingeniero Mauricio Macri
estuvo procesado justamente –entre otras- en una causa por escuchas ilegales
vinculada por encubrimiento a la causa AMIA, y el fiscal que lo había procesado
era –justamente- Nisman (cosa 'e Mandinga: en este mismo momento
anuncian por la radio que acaba de ser sobreseído por el Juez Casanello). Ese
mismo Nisman que apareció muerto, y cuya causa por muerte llevaba adelante la
fiscal Fein hasta que recientemente fue apartada a pesar de que
poquito-poquitísimo antes había sido creada una pseudofiscalía -la Unidad AMIA-
con el pretexto de “colaborar con la fiscal Fein”. Como sabemos, Fein fue
echada poco menos que a las patadas pero la Unidad AMIA sigue vivita y coleando,
sumándose a las presiones para que la Procuradora Gils Carbó renuncie a su
cargo, siguiendo lo que ya lograron con Vanoli en el Banco Central, Tristán
Bauer en el Sistema de Medios Públicos, María Seoane en Radio Nacional, Mariano
Recalde en Aerolíneas Argentinas, o con la amenaza nada sutil ni soslayada de
que se atenga a lo que "le está pasando" a Martín Sabbatella en la
AFSCA.
Si
abrimos la mirada, todos los hilos de la urdimbre quedan tejidos en una misma
trama. La pelea con Gils Cargó en el contexto de todos estos avances contra la
Justicia a fuerza de golpes de decreto muestran no sólo la intención del
macrismo de hacerse de la Procuración sino de todo el sistema judicial.
¿Para
garantizarse impunidad por los delitos cometidos, por sí y por sus amigos?
Quizás.
Pero
hay algo más.
Algo
gravísimo que significa la expresión “a fuerza de golpes de decreto” en toda su
brutalidad.
Copio
de la Constitución Nacional:
CAPÍTULO TERCERO
ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO
Artículo 99o.- El presidente de la Nación tiene las siguientes
atribuciones:
(…)
3. Participa de la formación de
las leyes con arreglo a la
Constitución, las promulga y hace publicar.
El
Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de
nulidad
absoluta e insanable, emitir disposiciones de
carácter legislativo.
Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran
imposible seguir los trámites ordinarios previstos por
esta
Constitución para la sanción de las leyes, y no se
trate de normas que regulen
materia penal,
tributaria,
electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá
dictar
decretos por razones de necesidad y urgencia, los
que
serán decididos en acuerdo general de ministros que
deberán
refrendarlos, conjuntamente con el jefe de
gabinete de ministros.
El jefe de gabinete
de ministros personalmente y dentro
de los diez días someterá la
medida a consideración de la
Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá
respetar
la proporción de las representaciones políticas
de cada
Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un
plazo de diez días al plenario de
cada Cámara para su
expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán
las
Cámaras. Una ley especial sancionada con la mayoría
absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara
regulará el trámite y los alcances de la intervención del
Congreso.
No
puedo dejar de pensar en que el conjunto de estos DNU es parte de un corpus que
es clave para encarar el proceso de criminalización de la protesta social
necesario para poder desarrollar la reforma reaccionaria del modelo de Estado a
la que estamos asistiendo.
Algo
que el propio Garavano reconoció el día en que asumió.
Algo
que anunció la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich en conferencia de prensa
donde justificó la represión contra los trabajadores de Cresta Roja.
Algo
que ratificó la Vicepresidenta de la Nación Gabriela Michetti.
Algo
de lo que ni siquiera la angelical gobernadora de la Provincia de Buenos Aires
quiso quedarse fuera.
Bienvenidos
al Cambio.
Ya
está en marcha.
Viviana Taylor