Viviana Taylor
Tribilín es un
personaje de historieta. Lo sé porque cuando era pequeña leí varias, y lo sé
porque hoy –con mucha escuela caminada- estoy escuchando azorada la historieta
que se está escribiendo sobre este supuesto Jardín
Tribilín.
Las de mi infancia llenaron el concepto con
justicia. Estas no: lo que debería ser un escándalo por los hechos y los
responsables, se está convirtiendo en un escándalo por los hechos y lo que se
oculta. Aunque, la verdad, no veo muchos escandalizados por esto último.
Lo que no termino de entender es si se trata
de un verdadero ocultamiento, que en el momento en que escribo estas palabras –escucho sorprendida, pero no del todo, que
me cuentan las noticias América- se está cobrando chivos expiatorios
corporizados en dos inspectoras de educación; o si se trata de lisa y llana
ignorancia, que también se está cobrando dos chivos expiatorios.
Vamos de a poco, porque el tema es complejo.
Espero echar un poco de claridad sobre tanta oscuridad que estratégica y políticamente
ampara demasiada e injustificada inoperancia.
Hablando de
los jardines de San Isidro
La Municipalidad
de San Isidro cuenta con 12 jardines de infantes propios (esto es, aparte
de los que gestiona la Provincia de Buenos Aires dentro de su territorio).
Todos ellos funcionan en dos turnos: de 8 a 12 y de 13 a 17 hs.
Cualquier inquietud o consulta que se tenga
sobre ellos puede ser evacuada en la Dirección de Educación (Ituzaingó 531) de
lunes a viernes, entre las 8 y las 16 hs. O llamando a 4512-3361/ 3243/ 3219.
Hasta ahí, todo bien. Pero resulta que, según el blog Comunidad Educativa Zona Norte, además
–a través de la Subsecretaría de Acción Social- “mantiene jardines maternales que atienden las necesidades de los
vecinos más pequeños del distrito, como así también sus padres.”
¿Por qué a través de la Subsecretaría de Acción
Social y no de la Dirección de Educación?
En el
blog se cita al Jardín
Maternal Municipal Santa Rita, ubicado en Céspedes 2942, Villa
Adelina (4513-7825): “Este
establecimiento tiene una capacidad para 120 niños, de entre 45 días a 3 años.
Se trata de una institución que atiende las necesidades biológicas y
psicosociales de los niños en las edades establecidas precedentemente,
apuntando al desarrollo integral de la personalidad”.
Nombra,
además, al Jardín Maternal Municipal
Santa Marina, ubicado en Tiradentes 1676, Boulogne (4513-7812): “Cuenta con capacidad para recibir 30 niños
de entre 45 días y 3 años, su organización y objetivos, así como los servicios
que prestan (sic) tienen las mismas
características que los (sic) del Jardín
Maternal Santa Rita”.
Y por
último al Jardín Maternal Municipal San
Antonio, en Tomkinson 2300, San Isidro (4512-3182): “Cuenta con capacidad para recibir 40 niños de entre 45 días y 3 años.
Su objetivo principal apunta a satisfacer todas las necesidades biológicas del
niño, estimular y controlar (sic) su
estructura psíquica, teniendo en cuenta el desarrollo integral del mismo. A su
vez, brinda apoyo a las necesidades socioeconómicas y psicológicas de las
familias.”
La
referencia para pedir información sobre los jardines maternales municipales es la
Subsecretaría de Acción Social -Don
Bosco 411, San Isidro- 4512-3174/75. Y es aquí donde comienzan las
irregularidades. Si hacemos un poco de historia, va a quedar claro por qué:
Hablando de los jardines de infantes. Un poco de
historia
Hay
una razón histórica que explica por qué los jardines maternales pueden haber
quedado bajo la órbita de Acción Social. Que explica pero que no justifica, claro. De hecho, cuando se trata de hacer un
poco de historia del Nivel Inicial en Argentina, el primer antecedente del
cuidado de la infancia lo encontramos en la Casa de Niños Expósitos, fundada en 1779 por el Virrey Vértiz, para
el cuidado de los niños abandonados.
Cuando
se comenzó a pensar en la estructuración del sistema de instrucción pública
estatal, se lo hizo en respuesta a un orden conservador cuya meta era la
homogeneización, la centralización y el disciplinamiento de la sociedad. Dentro
de ese contexto de ideas, Sarmiento propuso un modelo de institución educativa
para la primera infancia, inspirado en el modelo de las cunas públicas y las salas
de asilo de Francia, destacando su importancia justamente como lugares
de homogeneización social temprana, capaces de modificar las pautas culturales
familiares.
A
pesar de que en 1870 ya había sido creado el primer jardín de infantes -fundado por Juana Manso, con subvención del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires-, y de que en 1875 se había sancionado
la Ley de Educación de la Provincia de
Buenos Aires, que estipuló que la función de los Consejos Escolares de Distrito era la creación de escuelas y de
jardines de infantes, a principios del siglo XX el jardín de infantes era
todavía fuertemente cuestionado. Leopoldo Lugones defendía la idea de que eran
poco eficaces y perjudiciales para los niños, y que no debían iniciar su
escolaridad antes de los 7 años. Paralelamente, la inserción laboral de la
mujer a través de la docencia era fuertemente cuestionada por una sociedad
católica y patriarcal. Y así fue como no sólo el crecimiento del nivel se
detuvo, sino que se cerraron muchos jardines.
Con
Yrigoyen llegaron las influencias de la llamada Escuela Nueva: un movimiento de
renovación pedagógica basado en el respeto por las diferencias y los deseos de
los alumnos, el aprendizaje en contacto con la naturaleza, el aprendizaje
placentero, por el arte y la libre expresión. La educación inicial comenzó un
proceso de jerarquización, e inició el camino para abandonar la idea de “guarderías” y avanzar hacia la de “jardines maternales”. Pero con el golpe
militar del 76, el nivel volvió a sufrir ajustes y reestructuraciones; se
prohibieron libros de niños y se determinaron qué canciones podían escuchar.
Con el
regreso de la democracia, el Nivel volvió a tomar impulso, aunque recién con la
Ley Federal de Educación (1993) se
definieron sus objetivos y explicitaron los contenidos a través de los
Contenidos Básicos Comunes.
A pesar de todos sus vicios, la Ley Federal de
Educación tiene un mérito: fue la primera en organizar la educación argentina. Es la
ley que plateó la obligatoriedad de la sala de 5 años, aunque no definió la
responsabilidad político-económica de las salas de 4 y 3 años, ni del jardín
maternal, quedando delegada la responsabilidad a las posibilidades de cada
jurisdicción.
En el año 2006 se sancionó la Ley de Educación
Nacional 26206, hoy vigente. Esta ley
reconoce al Nivel Inicial desde los 45 días hasta los 5 años, quedando así
jurídicamente organizado.
De
esta manera, el Jardín Maternal forma parte del Nivel Inicial, aunque en la
Provincia de Buenos Aires –y seguramente en todas las otras jurisdicciones-
todavía no se cuenten los suficientes jardines estatales para dar respuesta a
esta necesidad.
La
primera y obvia consecuencia del hecho de que los jardines maternales formen
parte de la estructura del sistema educativo es que estos son instituciones
educativas y no de asistencia social. En consecuencia, deben cumplir con los contenidos que tanto las provincias como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establecen.
Otra consecuencia es que, al formar parte de la
estructura del sistema, el Nivel Inicial está atravesado por diferentes modalidades:
·
Educación Artística: y
así acceden a profesores de las especialidades.
· Educación Domiciliaria y
Hospitalaria: que garantiza el acceso a la educación de los niños que por
razones de salud se encuentran imposibilitados de asistir a la escuela.
· Educación en Contextos
de Encierro: sostiene la escolaridad para los niños menores a 4 años que están
acompañando a sus madres, en situación de cárcel, promoviendo –además- su
socialización fuera del contexto carcelario.
· Educación Especial: para
garantizar el acceso a la educación de los niños con necesidades educativas
especiales, derivadas de alguna forma de discapacidad temporal o permanente.
· Educación Intercultural
Bilingüe: para garantizar el derecho de los pueblos indígenas a recibir una
educación que contribuya a preservar y fortalecer su cultura, su lengua, su
cosmovisión e identidad étnica.
· Educación Rural: a
través de estrategias de fortalecimiento del nivel y capacitación de los
docentes para el trabajo en salas multiedad.
¿Quién enseña en los jardines?
La formación
de los docentes se realiza en los Institutos Superiores de Formación Docente,
que comprenden tanto las Escuelas Normales en su nivel superior como los Institutos Superiores de
Formación Docente dependientes de las provincias y de la Ciudad de Buenos
Aires.
· A nivel nacional, se definen los marcos, principios, criterios,
contenidos comunes y formas de organización.
· A nivel jurisdiccional, de cada provincia y de la CABA, se desarrolla el
diseño y plan de formación.
· A nivel de cada institución, se definen las propuestas y acciones
concretas.
La carrera de Profesorado
de Nivel Inicial comprende un mínimo de 2600 horas reloj, a lo largo de
cuatro años de estudios de educación superior. Y el título que se obtiene es Profesor/a de Educación Inicial.
Para acceder se debe poseer un título de nivel
medio/secundario. Muchas jurisdicciones exigen además un examen psicofísico, y
algunas –como en el caso de la Provincia de Buenos Aires- exigen uno de aptitud
fonoaudiológica para poder realizar las prácticas docentes a partir de 2º año.
¿La educación privada también debe respetar estos
principios?
La Dirección General
de Educación de Gestión Privada (DGEGP) tiene la responsabilidad de
administrar, supervisar y acompañar al subsistema de Gestión Privada conforme con las políticas del Ministerio
de Educación (Decreto 2075/07).
La Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada,
DIPREGEP, dependiente de la
Subsecretaría de Educación, es el área específica para la supervisión,
fiscalización, control y acompañamiento de las instituciones educativas de
gestión privada. Entre sus obligaciones reconoce la aplicación estricta de los
diseños curriculares aprobados para el conjunto del sistema educativo.
O sea, más allá de los mitos y creencias, la educación privada está controlada por el Estado, y debe cumplir con los mismos lineamientos que la educación estatal.
¿Qué dicen quienes tienen algo que decir
sobre el Jardín
Tribilín?
En su blog Comunidad Educativa Zona Norte, la periodista Lea Giarrocco publica
un artículo titulado San Isidro: Maltrato en el Jardín Tribilín. Con los chicos, NO, también publicado en
otro de sus blogs, El Sanisidrense.
Como casi todos
los medios, aclara que el jardín no estaba inscripto en la Dirección Provincial
de Educación de Gestión Privada, pero en un párrafo se juega con una afirmación
que llama mi atención. Copio textualmente:
“Toda la comunidad educativa esta (sic) en el ojo de tormenta tras este problema.
Desde DIPREGEP tendrían que salir todos los Inspectores a verificar Jardín por
Jardín, ya que se comenta en el ambiente que hay varios establecimientos que no
están en regla.”
Cuando dice “todos los Inspectores”, ¿a quiénes se
refiere? ¿A todos, todos? ¿O a quien tiene a su cargo la supervisión del nivel?
Por otra parte,
¿cómo supervisar lo que, según el párrafo anterior, para la Dirección no
existe?
¿Se espera que
tracen una cuadrícula en San Isidro y peinen todo su territorio, buscando en
cada casa de familia, en cada salón infantil, en cada patio de juegos, en cada
club de barrio, si está funcionando un jardín clandestinamente?
Y cuando habla de "ambiente", ¿de qué ambiente habla? Y si en cierto ambiente se habla del conocimiento de irregularidades de este tipo, ¿cómo es que no se denuncian? ¿Están esperando a que ocurra algo para -como muchos vecinos dijeron ante las cámaras- salir en público a comentar lo que ellos ya sabían y callaron? ¿Nadie se siente culpable por encubrimiento? ¿Nadie tiene, al menos, el pudor de callar ya que no habló cuando debió hacerlo? Ese misterioso ambiente en el que se comentan cosas, tiene ahora la oportunidad de hacer lo correcto. O sumarse a las huestes de los que no hablan cuando deben, pero fabulan cuando otros salen a hablar...
En el mismo
artículo, se cita a la Tesorera del Consejo Escolar, Carolina Petikic, quien
explicó las condiciones que debe cumplir un jardín privado:
a- Inscripción en DIPREGEP con su número correspondiente.
b- Habilitación edilicia municipal.
c- Personal educativo idóneo con título habilitante, auxiliares y médico
pediatra.
Pasemos de la
inscripción en DIPREGEP, que ya sabemos que no existió. Y, en la lógica de la
burocracia, lo que no existe no se controla: porque no existe.
Pero respecto de
la habilitación municipal no podemos decir lo mismo. Numerosas versiones
sostuvieron durante estos días que había una habilitación del lugar como
salón de fiestas infantiles, pero que dicha habilitación estaba vencida. Si esta habilitación existió, durante algún
momento de los 16 años de vida de este jardín, ¿en ningún momento se acercó un
inspector municipal a controlar que lo que allí funcionaba era lo que estaba
declarado? ¿No se pidió habilitación para el cartel del frente, o eso tampoco
fue controlado? ¿Durante 16 años no se programó ninguna desinfección,
desinsectación ni desratización, en el transcurso de las cuales se hubiese
llegado a sospechar irregularidades? Si allí se suponía que funcionaba un salón
de fiestas infantiles, y si estaba habilitado para servir comida, ¿nunca
intervino bromatología? ¿Cuántas personas tienen que estar distraídas, durante
16 años, para que nadie –nunca- haya advertido nada?
De
hecho, en la página oficial San Isidro/Prensa, respecto de las habilitaciones de comercios, dice: “La Municipalidad tiene
la responsabilidad sobre el inicio como
también sobre el retiro de habilitaciones comerciales, industriales,
depósitos y extensión de permisos de electromecánica (instalaciones eléctricas
y ascensores).”
Entonces, me
pregunto: cuando la habilitación venció, ¿nadie controló si el negocio
declarado seguía existiendo? Y si se la había dado de baja, ¿nadie controló que
se estuviesen cumpliendo las condiciones para su retiro?
Por eso las
declaraciones -al menos tal como están citadas en la nota- de la vicepresidente del Consejo Escolar de
San Isidro Mirta Ramírez, respecto de que “es
responsabilidad de los Inspectores de gestión privada (DIPREGEP), y que tanto
el Consejo Escolar de San Isidro como así la Municipalidad no son responsables
del accionar privado educativo” suenan a palabras vanas. En este caso, la
no responsabilidad del municipio no es algo que se pueda seguir sosteniendo
sobre la base de estos hechos.
Por supuesto,
tanto las Consejeras Carolina Petikic como Mirta Ramírez, repudiaron el proceder del Jardín
Tribilín y recomendaron a los padres que antes de inscribir a sus hijos en un
jardín de educación privada corroboren si están habilitados y con personal con
título habilitante.
Pero no es fácil
hacerlo. La mayoría de los padres no es capaz de distinguir entre una
habilitación municipal como local comercial y un nº de DIPREGEP que reconoce a una escuela; ni entre un título docente
habilitante y uno de esos cursos tan publicitados para recibirse de maestra
jardinera en 1 año. Para eso está el Estado, en este caso municipal: para ejercer la vigilancia y los controles que los vecinos le han delegado.
Por su parte, la Directora General de Cultura y Educación de
la Provincia de Buenos Aires Nora De Lucía, y el Secretario de Niñez y Adolescencia Pablo Navarro, denunciaron ante
la fiscalía de turno a los dueños, directivos y maestras del jardín. Podríamos
preguntarnos qué jurisdicción tienen para intervenir, dado que este jardín no
pertenece a la estructura del sistema educativo de la provincia. Bien, fueron
rápidos de reflejos e hicieron lo que debían hacer: la denuncia fue por
maltrato a los niños. Unos reflejos que debió haber tenido el Intendente
Gustavo Posse, quien se preocupó más por excusarse en la ignorancia y mostrarse
antes víctima que buscar a los verdaderos corresponsables por incumplimiento de
sus funciones de control en el ámbito municipal. Una corresponsabilidad cuyo
eco sonaba demasiado cerca.
De Lucía, además,
instruyó a la Dirección Provincial de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social
para que preste asistencia profesional a los niños que concurrían a este
jardín.
Y fue más allá
todavía: inició un sumario administrativo y separó de sus cargos a la
Inspectora Regional Mónica Seal y a la Inspectora Distrital de San Isidro
Patricia Naso, mientras dure la investigación para determinar presuntas
responsabilidades. Por mi conocimiento sobre el sistema, y en relación con los
datos que manejo (si no hay otros que desconozco) me atrevo a aventurar que las
Inspectoras serán restituidas en sus funciones, libres de toda culpa y cargo.
Me gustaría que se avanzara en investigaciones a nivel municipal porque todo
parecería indicar que lo ocurrido estuvo facilitado por una cadena de
corrupción y desidia vinculada con los mecanismos de habilitación municipal.
Y ahora… ¿qué?
Según los datos disponibles, la educación inicial en
nuestro país avanza. Tiene sus muchas luces y brillos, pero también sus
sombras; sus avances
y sus déficits.
La inclusión de niños de entre 45 días y 2 años en los
centros educativos del país no llega todavía al 10%, pero se ha avanzado mucho
en los últimos 4 años.
De los niños de 3 años, más del 40% concurre a
establecimientos educativos. A los 4 años llegan al 75% y a partir de los 5
años la asistencia es casi total. No
es poco en un país donde el 23,7% de los chicos menores de seis
años vive en la pobreza, y para los que la educación la única esperanza para
superarla.
Con la promulgación en el 2006 de la Ley Nacional de Educación, vigente en la actualidad, se
incorporaron los jardines maternales a la organización de la Educación Inicial,
y se promueve la universalización de la sala de 4 años (es decir que, sin
hacerla obligatoria, esté garantizado que todos los niños tengan vacantes
disponibles para su asistencia).
Y con la sanción en 2007 de la Ley Nº 26.233 sobre Centros de Desarrollo Infantil, a través de la
cual se los promueve y regula, se crearon estos “espacios de atención integral de niños y
niñas de hasta 4 años de edad, que además realicen acciones para instalar, en
los ámbitos familiar y comunitario, capacidades que favorezcan la promoción y
protección de los derechos de niños y niñas”.
Lo que se busca es subsanar las consecuencias de las desigualdades socioeconómicas en el rendimiento escolar de los alumnos más pequeños. Dar más y mejor cobertura a la escolaridad de los sectores sociales que más podrían beneficiarse de ella.
Viviana Taylor
Al cierre de esta nota: Concejales descubrieron que San Isidro reconocía al jardín de los maltratos como establecimiento educacional
La
intendencia lo calificó de esa manera en un decreto de 2002, publicado en el
Boletín Oficial, para eximirlo del pago de tasas. "Esto implica que el
municipio conocía al establecimiento y la actividad que se realizaba en él”,
consideraron los ediles Leandro Martin y Marcos Hilding Ohlsson, quienes ahora
presentarán un pedido de informes. Para leer la nota completa
San Isidro: la suegra de Posse era la que tenía que controlar el jardín Tribilín
María de los Ángeles Broggi es la directora de Educación del distrito y quien debía advertir a la comuna que la institución funcionaba y se maltrataban a los chicos. La oposición detectó que Posse la había eximido de impuestos, por lo que sabía de su existencia. Para leer la nota completa